¿Qué hacer en caso de accidente?

 

Accidente de Trabajo: Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

¿Qué hacer?
• Accidentado o testigo, informar jefatura directa.
• Asistir a Área Salud (entre 08:00 am y 12:45 pm y entre 14:00 pm y 17:15).
• Informar a Seguridad UCN o Prevención de Riesgos (otros horarios).
• Derivar a Organismo Administrador en caso que corresponda.

Accidente de Trayecto: son los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores.

¿Qué hacer?
Accidentado o testigo, informar a Prevención de Riesgos o Seguridad UCN y jefatura directa.
• Derivar a Organismo Administrador en caso que corresponda.

Accidente de Tránsito:

¿Qué hacer?
• No existe lesión, acuerdo entre las partes.
• Existe lesión, se llama a carabineros y se deriva a Hospital Regional a constatar lesiones.
• Derivar a Organismo Administrador si corresponde.

En caso de haber sido derivado al Organismo Administrador, enviar certificado de alta al Departamento de Prevención de Riesgos.

Accede a los beneficios de pertenecer a la UCN, convenios disponibles y accede a ellos